Para algunos miembros de la Policía Nacional (PN), su salario no es tan “cebolla”, como definió el recién cancelado raso Daurin Muñoz los RD$7,000 mensual que le pagaban en esa institución.
Hay agentes que se las ingenian para ganar montos muy superiores al rango máximo de salario que oficialmente estipula ese organismo, igual a RD$81,785,00, una cifra reservada sólo para el Jefe de la Policía, que ostenta, además, el rango de mayor general.
Las cifras son variadas, y ponen de manifiesto una gran discrepancia entre los salarios de unos y otros agentes, independientemente del rango que tengan, y se reflejan, sobre todo, en la pensión, cuando los policías pueden sumar los sueldos por cada “especialismo” que hayan tenido mientras están activos.
Al consultar una lista de agentes que fueron pensionados en 2009, y cruzar al azar algunos nombres con la nómina de empleados del Estado que registra la Contraloría General de la República, se encuentran agentes con pensiones superiores a los RD$100,000 al mes.
Tal es el caso del coronel Erasmo Holguín María, pensionado por antigüedad en el servicio en 2009, y quien figura en la Contraloría con un sueldo de RD$104,192. Vale señalar que el sueldo fijo para los coroneles activos es de RD$23,500, según la nómina por rango que publica la PN en su página, correspondiente al mes de julio de este año.
La pensión de Holguín María supera en mucho la del coronel Rafael Antonio de Peña, cuyo sueldo mensual es de RD$35,969, puestos en retiro el mismo día, y pese a estar ambos asignados al Cuartel General del Palacio de la Policía.
También llama la atención el sueldo de los tenientes coroneles Nicolás Tiburcio Cabrera, de RD$53,535, y Ramón Contreras del Rosario, de RD$67,300.
También el de Félix Juan Familia Ramírez, quien aparece con sueldo de RD$91,500 en la Junta de Retiro de la PN, más otro salario de RD$10,000, en el Ministerio de Interior y Policía.
Dichos sueldos no sólo superan los RD$22,500 que por nómina se paga a los tenientes coroneles, sino que dejan atrás a muchos otros coroneles que tienen pensiones entre RD$27,000 y RD$33,000 al mes.
También contrastan con las pensiones de otros agentes que ni siquiera alcanzan los sueldos actuales que se pagan para el rango. En la misma lista de pensionados en 2009 aparecen los segundo tenientes Mario Agramonte García y Eladio Calcaño Suárez, con montos de RD$10,765 y RD$11,691 al mes, cuando el sueldo nominal para ese rango es actualmente de RD$13,000.
Del cruce de lista con la Contraloría, se observan también los nombres de agentes que están en más de una nómina, llegando a aparecer hasta en tres.
“Especialismos de compra y venta”
Varios agentes policiales consultados, y que accedieron a dar declaraciones bajo reserva de sus nombres, confiaron a este medio que los incentivos por especialismo se otorgan a criterio de los jefes y, sobre todo, que se han convertido en un negocio, donde los interesados pagan por obtenerlos.
“Si el especialismo es de 30,000, hay que pagar unos RD$125,000, para que te lo asignen”, comenta un oficial.
Otro mencionó a dos mayores que trabajan en el Instituto de Seguridad Policial (ISPOL) con sueldo de RD$70,000 al mes y dos sargentos que ganan RD$35,000, montos que se adicionan al salario base.
“Con el dinero de los famosos especialismos que se otorgan comprados en el Instituto de Seguridad Policial y la Autoridad Metropolitana de Transporte (AMET), que son las dos nóminas más grandes de la Policía Nacional, los demás policías y los pensionados no estarían pasando trabajo, porque esas dos nóminas dan para pagarle un buen sueldo a los alistados, que son los que hacen el trabajo en la calle”, comenta otro agente entrevistado.
Coincide con los demás en que, en la actualidad, se cobra sobre los RD$100,000 para asignar un especialismo de RD$50,000 para el momento del retiro.
¿Cómo funciona? Los agentes con los que se conversó, por separado, explican que los policías que están para retiro, y que no tienen un “especialismo considerado”, pagan a un oficial para que los coloque en una nómina con un cargo. Cuentan que, una vez el interesado salga en una nómina, el monto que le paguen se lo entrega al mismo oficial que hizo el trámite, como parte del acuerdo, pues lo que les interesa es que, al final, el monto se le sume a la pensión.
Diario Libre solicitó a la Policía, a través de su departamento de Prensa, explicaciones sobre los especialismos, pero a más de una semana, no ha recibido respuesta.
En la ley
El término especialismo no figura en las leyes institucionales de la Policía, ni su reglamento de aplicación.
La Ley Institucional de la Policía Nacional (número 96-04) establece en su artículo 59 los derechos profesionales de los agentes, y en su acápite D detalla el “derecho a recibir una remuneración justa que contemple sus niveles de formación y especialidad, antigüedad, categoría y responsabilidad”.
En su artículo 110, dicha ley indica que el monto de la pensión “será igual a tantas treintavas partes del sueldo y asignaciones que más le favorezcan al causante, de los cargos o funciones que haya desempeñado como años de servicios válidos que para el retiro pudiere acreditar”.
El artículo 61 del Reglamento de aplicación de dicha Ley detalla que la pensión será igual al último sueldo devengado, dividido entre 30 y multiplicado por la cantidad de años que sirvió a la institución “sumándole a dicho total la, si fuere una o las dos asignaciones que más le favorezca, que haya recibido en un cargo o función determinada, ocupado dentro de la Policía Nacional”.
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